Día Internacional de la Democracia: 2 fallos históricos de la OEA
El 15 de septiembre se celebra el Día Internacional de la Democracia. Por eso, LatinAmerican Post le cuenta 2 fallos importantes para la democracia en Latinoamérica
"La voluntad de la población debe constituir la base de la autoridad de gobierno; ello se expresará en elecciones periódicas y genuinas que serán mediante sufragio universal e igual y se celebrarán por voto secreto o por procedimientos de votación libres equivalentes". Con estas palabras la Declaración Internacional de los Derechos Humanos establece en el artículo 21 qué es la democracia y de dónde emana el poder de nuestros gobernantes.
Read in english: 2 historical court decisions in favour of democracy
Sin embargo, así como las Naciones Unidas salvaguardan la democracia mundial, la organización dispuesta a velar por los intereses de la democracia en el continente americano es la Organización de los Estados Americanos (OEA). El 15 de septiembre se celebra el Día Internacional de la Democracia. Por eso, aquí te presentamos dos fallos emanados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), un organismo adscrito a la OEA.
Colombia: el caso de Gustavo Petro
Según la revista Semana, el 12 de septiembre de 2013, el entonces alcalde de la capital del país cafetero fue destituido por el escándalo que suscitó el cambio en el modelo de recolección de basura. Este es negocio que fue entregado a una empresa pública en lugar de a las empresas privadas, como era lo habitual.
Después ese cambio de empresa privada a pública, las instituciones privadas decidieron cesar sus actividades de recolección de basura, lo que generó un problema de sanidad pública en muchas zonas de Bogotá.
Por eso, el entonces procurador de Colombia, Alejandro Ordoñez, decidió destituir a Gustavo Petro de su cargo como alcalde de la capital y lo inhabilitó para postularse a cualquier cargo público por 15 años. De acuerdo con Semana, dicho fallo fue toda una novedad en Colombia, en donde solo el pronunciamiento del entonces presidente de la nación, Juan Manuel Santos, podía apartar a Petro de su puesto.
No obstante, antes de ese pronunciamiento, el entonces alcalde llevó su caso hasta la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) por considerar que el fallo de Ordóñez fue generado por su tendencia política.
2. Sanción a Gustavo Petro se decidió según el derecho disciplinario y con suficiente material probatorio. Fue ratificada por Superintendencia y Contraloría. Hoy parece que hay personas e intereses por encima de la Ley.
— Alejandro Ordóñez (@A_OrdonezM) 16 de noviembre de 2017
El 19 de marzo de 2014, Santos acató el fallo de la Procuraduría y destituyó al alcalde en las horas de la mañana de ese martes. Pero en un hecho insólito, ese mismo día la CIDH otorgó medidas cautelares para Gustavo Petro, las cuales argumentaban que se le estaba violando su derecho fundamental a la libre escogencia política, al considerar que el procurador tomó esta decisión por los intereses políticos que Petro representaba, afirmó el mismo medio.
La CIDH afirmó que el exalcalde debía permanecer en su cargo hasta que hubiera un fallo de fondo, por lo que Juan Manuel Santos, horas después, reconoció la autoridad indiscutible de la OEA y devolvió a Petro la alcaldía de Bogotá.
Si las medidas cautelares de la CIDH son obligatorias según la Corte Constitucional, destitución e inhabilidad están suspendidas.
— Gustavo Petro (@petrogustavo) 20 de marzo de 2014
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Este fallo es histórico, no por las personas que estuvieron involucradas, sino por lo que representa el fallo en sí: un derecho fundamental consagrado en la declaración de los Derechos Humanos son los derechos políticos del hombre. Como apuntaba Aristóteles: "El hombre es un animal político".
Con este fallo quedó claro que un derecho fundamental del hombre y la democracia es su vocación política, contrario a lo que muchas personas creen.
Brasil: ¿la esclavitud moderna?
Según el centro de noticias de la OEA, uno de los fallos que ha sido histórico para la CIDH fue el caso de Brasil en contra de la Fazenda Brasil Verde. Desde 1989, tanto autoridades de la OEA como las autoridades de Brasil recolectaron pruebas que dejaban entrever la explotación de miles de brasileños que vivían en condiciones precarias.
“El grupo afectado lo constituyen en su mayoría hombres entre 15 y 40 años de edad, afrodescendientes y morenos originarios de los estados más pobres del país y con menos perspectiva de trabajo. La situación de extrema y especial vulnerabilidad de dicho grupo se debe, entre otros, a la falta de recursos adecuados y efectivos que protejan sus derechos no sólo de manera formal; la pobreza extrema en la que vive gran parte de la población de los estados de los cuales son oriundos”, destacó la OEA.
La CIDH encontró responsable a la Fazenda Brasil Verde por la contratación irregular de miles de trabajadores en condiciones irregulares, como la falta de pagos, el endeudamiento, las amenazas de muerte, los malos tratos, la falta de comida y las condiciones insalubres.
El mismo organismo encontró esta práctica como esclavitud moderna y responsabilizó al estado de Brasil por violar los derechos fundamentales del hombre, la carta de las Naciones Unidas y los derechos fundamentales contemplados en la OEA.
De acuerdo con el centro de noticias de la OEA, este caso representa a todas luces un acto de racismo, discriminación, esclavitud y afectación de una población vulnerable. Por eso, la CIDH ordenó al Estado de Brasil a reparar tanto moral como económicamente a los afectados y a castigar con la ley a los responsables de estos casos atroces.
Presentamos caso Trabajadores de la Fazenda Brasil Verde v. #Brasil a la Corte Interamericana: http://t.co/pYsnXF9hns pic.twitter.com/RMSsltd3b3
— CIDH (@CIDH) 7 de mayo de 2015
Con esto dos casos es claro que la democracia tiene que tener unos parámetros mínimos para su funcionamiento, como lo son el respeto a los derechos fundamentales del hombre, la no discriminación, el rechazo al racismo y la libre expresión. Sin estos mínimos derechos no se puede formar una democracia y en estos dos casos la OEA actuó como garante de la misma.
LatinAmerican Post | Miguel Díaz
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