¿Perú puede prohibir la asistencia de Nicolás Maduro a la Cumbre de las Américas?
La canciller peruana informó a su homólogo venezolano que el mandatario no sería bienvenido en la Cumbre ¿Qué dice el Derecho Internacional Público sobre la decisión?
El 13 y 14 de abril de 2018, en Lima, se llevará a cabo la VIII Cumbre de las Américas. En los últimos días, se conoció que el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski, anfitrión de la cita, no está de acuerdo con la asistencia del Nicolás Maduro al evento. Al respecto, la canciller del Perú, Cayetana Aljovín, envió una carta a Jorge Arreaza, su homólogo venezolano, en la que le informan que, conforme a la declaración de Quebec, adaptada en la III Cumbre de las Américas en 2001, “cualquier alteración o ruptura inconstitucional del orden democrático en un Estado del Hemisferio constituye un obstáculo insuperable para la presentación de dicho estado en el proceso de Cumbres de las Américas”.
Por supuesto, la decisión no cayó bien en el gobierno de Maduro, quien poco tiempo después de conocer las intenciones de Kuczynski declaró que “¿No me quieren ver en Lima?… Me van a ver. Porque llueva, truene o relampaguee, por aire, tierra o mar, llegaré a la Cumbre de las Américas con la verdad de la patria de Simón Bolívar y de Antonio José de Sucre. Allí llegará la verdad de Venezuela”.
La mirada del Derecho internacional
Además de las declaraciones de Maduro, la cancillería de Venezuela ha dicho que no hay referentes en el Derecho internacional para prohibir la asistencia del presidente Maduro a la reunión. En un comunicado de prensa, el gobierno venezolano ha dicho que cuentan con elementos legales que “demuestran que no existe impedimento de ninguna naturaleza para Venezuela participe en la VIII Cumbre de las Américas”, así que “confirmamos que el presidente Nicolás Maduro Moros asistirá puntualmente”.
Agregan que “la pretensión de retirar la invitación no es solo infundada desde el punto de vista jurídico, sino que además es errática y unilateral”. En el comunicado se hace un llamado al gobierno del Perú para que se apegue a “las legítimas reglas de juego”, en cuanto a cumbres multilaterales de este tipo.
En ese sentido, Camilo Riaño Tovar, experto en Derecho Internacional público de la Universidad Nacional de Colombia, le explicó a LatinAmerican Post, que el hecho de haber declarado de manera abierta a Nicolás Maduro como persona non grata, podría verse como una violación a las reglas del Derecho Internacional. La razón es que “coarta la capacidad de un estado de establecer relaciones con otros estados. Esta capacidad, no hay que olvidar, es uno de los pilares de las relaciones internacionales actualmente”.
La justificación de Perú
Latinoamérica siempre se ha destacado por ser una región que ha mantenido una diplomacia activa y capaz, que respeta la soberanía de los demás estados. Asimismo, la región se caracteriza por encontrar soluciones a las distintas problemáticas de la mejor manera posible. Sin embargo, y ante los alcances de la crisis que vive Venezuela, esos ‘buenos oficios’ se han canalizado en hacer un llamado a Maduro para que implemente soluciones efectivas y concertadas. El llamado cuenta incluso con el apoyo de la OEA y Unasur.
Sin embargo, como parece no haber disposición gubernamental para ello, se están empezando a tomar medidas más radicales. De hecho, que no se le haya invitado a la Cumbre de la Américas apenas es una de ellas.
Por otro lado, Perú se basó en la declaración de Quebec de 2001 para rechazar la presencia de Maduro en la Cumbre de abril. “Si vamos a aplicar el Derecho Internacional de manera literal, es necesario que esa convención de Quebec y los demás documentos que se han hecho en torno a la organización regional se tengan en cuenta por todos los estados”, comentó el Riaño. Así, si el valor principal de estos espacios es la integración y la democracia, “es necesario que se respete y fomente la participación de todos los estados, incluido Venezuela, por supuesto” aseguró el experto.
¿Y si Maduro insiste en ir y Perú en evitarlo?
El deseo de las partes, una por ir y la otra por no permitirlo, terminaría en el surgimiento de una delicada crisis diplomática entre estos dos países. La relación de estas dos naciones, en sus más de doscientos años de historia republicana, se ha caracterizado por mantener fuertes lazos de hermandad.
Si bien, Nicolás Maduro tiene, por su calidad de jefe de estado, permisos especiales para el ingreso a otras naciones, en caso de que se mantenga la negativa, Riaño Tovar explicó que lo mejor sería darle plenos poderes al embajador de Venezuela en Perú para que asista a la reunión.
En este sentido y, de acuerdo a las buenas prácticas del Derecho Internacional Público, Perú no estaría en condiciones de prohibir la asistencia del mandatario venezolano a la Cumbre de las Américas.
La Carta de las Naciones Unidas en materia de democracia e igualdad internacional, los estatutos de la OEA, el pacto de Lima y el derecho diplomático en América, serían algunas de las herramientas legales -quizás las más importantes-, con las que podría contar la cancillería de Venezuela para enfrentar las medidas que ha tomado el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski.
Sin embargo, es muy difícil reversar la decisión que nombra a Maduro como persona no grata en Perú. Lo que sigue, concluye el internacionalista Camilo Riaño, es una suma de buenos oficios para que se logre una salida concertada al asunto. La estrategia debe estar basada en la diplomacia y el dialogo, de forma que permita superar las diferencias y promueva la búsqueda de soluciones en conjunto respecto a la situación actual de Venezuela.
Latin American Post | David Fernando Barrera
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