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¿Eres mamá soltera? Estas leyes te podrán beneficiar

Licencias de maternidad y acceso a pensión, son algunas de las leyes que benefician a madres solteras en tres países de América Latina

¿Eres mamá soltera? Estas leyes te podrán beneficiar

A continuación te invitamos a conocer algunas de las leyes que benefician a las madres solteras en Argentina, Colombia y Bolivia

Read in english: Are you a single mom? These laws can benefit you

Argentina

En este país, gobernado por el presidente Mauricio Macri, la “Ley 5110: Solicitud de pensión de madres solteras”, consiste en que las madres solteras, viudas o abandonadas que tengan uno o más hijos menores de 16 años, puedan solicitar su pensión. “El beneficio alcanza a madres que por diversos motivos hayan quedado desamparadas y como consecuencia se encuentren en situación de alta vulnerabilidad económica social, ya sea de indigencia o pobreza”, destaca el portal web del gobierno de Argentina para la ciudad de Santa Fe.  

Cabe decir, que existen unos requisitos para acceder a la ayuda del gobierno, de acuerdo con la citada página web, son:

  • Ser madre de uno o más hijos, menores de 16 años, viuda, soltera o abandonada
  • No poseer bienes, sueldos, rentas ni recursos que permitan su subsistencia
  • No percibir jubilación, pensión o subsidio de cualquier naturaleza, que representen un ingreso mayor que el monto del beneficio establecido por la presente Ley
  • Acreditar en forma sumaria y fehaciente el estado de necesidad
  • No poseer familiares con obligación alimentaria que convivan o no con el solicitante del beneficio. Si los ingresos de aquellos sólo alcanzaren para cubrir necesidades mínimas propias y de las personas a su cargo.

Colombia

En 2017 se aprobó por parte del gobierno de Juan Manuel Santos la ley de maternidad en la que toda mamá que dé a luz, tiene todo el derecho a disfrutar de 4 meses y medio de licencia de maternidad, equivalente a un mes más que la anterior ley que había. Es de recordar que dicha ley funciona no sólo para madres solteras sino para mamás cabeza de familia o que conviven con sus parejas.

Asimismo, la licencia de maternidad de 4 meses tendrá que ser remunerada por la empresa en la que trabaje, de acuerdo al salario que ella devenga. Si no puede acceder a la licencia de maternidad, sí o sí tendrá que recibir el dinero correspondiente a los 4 meses por su empresa.

Lactancia

Desde que se promulgó dicha ley, las empresas donde trabajan las mamás solteras o que convivan con sus parejas tendrán que crear una ‘Sala Amiga de la Familia Lactante’. En este lugar toda mamá que esté vinculada a una empresa con más de 50 empleados podrá ir a depositar su leche en un lugar especial para que, posteriormente, sea dada a sus bebés. Es importante decir que las salas y el lugar donde se deposite la leche, tendrá que cumplir con todas las normas de salubridad e higiene que garanticen la seguridad del alimento que tomará el bebé.

Lo anterior, como, según la Constitución Política de Colombia, “le brinda una especial protección a la madre cabeza de familia tal como lo estipula en su artículo 43, es por ende que el estado está en la obligación de establecer mecanismos eficaces para dar protección especial a la mujer cabeza de familia, promoviendo el fortalecimiento de sus derechos económicos, sociales y culturales”.

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Bolivia

Según la Constitución de Bolivia, en su artículo 45, “las mujeres tienen derecho a la maternidad segura, con una visión y práctica intercultural; gozarán de especial asistencia y protección del Estado durante el embarazo, parto y en los periodos prenatal y posnatal”.

Por otra parte, datos del Instituto Nacional de Estadística de Bolivia (INE), revelan que la condición laboral de la mujer, en lo que tiene que ver con área urbana es de carácter informal. Además, la remuneración económica de las mujeres que tienen un puesto de trabajo en la ciudad es inferior a la de los hombres.

Sin embargo, toda mujer, ya sea madre soltera o que conviva con su pareja, de acuerdo con el artículo 48 de la Constitución de Bolivia, será beneficiada por el Estado “quien debe promover y vigilar que su incorporación al trabajo, garantice la misma remuneración que a los hombres por un trabajo de igual valor, tanto en el ámbito público como en el privado”.

 

LatinAmerican Post | Edwin Guerrero Nova

Copy edited by Laura Viviana Guevara Muñoz

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