Corte Penal Internacional: ¿crímenes de lesa humanidad en Venezuela?
La CPI anunció el inicio de un examen preliminar sobre los presuntos crímenes cometidos desde abril del 2017 en el país en crisis
La fiscal jefe de la Corte, Fatou Bensouda, informó que la CPI investigará la "fuerza excesiva" que usaron las organismos de seguridad del Estado miembro del Estatuto de Roma, para dispersar y reprimir las manifestaciones que se produjeron cuando el Tribunal Supremo de Justicia dejó sin competencias a la Asamblea Nacional, en abril del 2017, así como los "graves abusos" a los "miles de miembros de la oposición, reales o aparentes" detenidos. Así mismo, la CPI reconoció que también ha sido denunciado que “algunos grupos de manifestantes recurrieron a medios violentos” que resultaron en “lesiones o muerte de algunos miembros de las fuerzas de seguridad”.
"Desde el año 2016 he seguido de cerca la situación en Filipinas y en Venezuela. Tras una revisión cuidadosa, independiente e imparcial de numerosas comunicaciones e informes documentando presuntos crímenes que podrían ser de competencia de la CPI, he decidido abrir un examen preliminar en cada una de estas situaciones", dijo Bensouda, en un video oficial publicado en las redes sociales de la CPI.
El fiscal general de la república, Tarek William Saab, calificó la información de la CPI como "sesgada", pues la institución no se ha comunicado con él para saber sobre los procesos de judicialización que se están llevando a cabo en el país, o los minuciosos informes sobre las imputaciones y acusaciones por los hechos de violencia en los que han trabajado la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público. También aseguró que el Estado venezolano castigará a quienes violen los derechos humanos y no permtirá la impunidad.
En noviembre del 2017, la exfiscal general de Venezuela Luisa Ortega había denunciado al presidente Nicolas Maduro y a varios miembros de su gabinete ante la CPI, y había exhortado a investigar los presuntos abusos y torturas cometidos por las fuerzas de seguridad del gobierno venezolano tras presentar 1.690 pruebas para sustentar el caso. "Han cometido crímenes de asesinato, torturas, encarcelación, así como un ataque sistemático y generalizado contra la población civil", aseguró Ortega, quien fue destituida de forma ilegal por el gobierno de Nicolás Maduro.
De igual forma, la organización no gubernamental Foro Penal Venezolano alertó de la muerte de al menos 92 personas y de la detención de más de 3.600 durante las manifestaciones del 2017, y más de 12.098 detenciones con fines políticos desde el año 2014. "Este es definitivamente el Gobierno con la mayor cantidad de presos políticos que ha habido en Venezuela (…)”, declaró Alfredo Romero, director ejecutivo de la organización.
Estatuto de Roma y Consecuencias para Venezuela
Venezuela fue el primer país latinoamericano en formar parte del Estatuto de Roma, el cual fue adoptado como ley de la República mediante Ley aprobatoria del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional publicada en Gaceta Oficial Extraordinario Nº 5.507 del 13 de diciembre del 2000.
El Estatuto de Roma es el instrumento constitutivo de la Corte Penal Internacional cuyo objetivo es poner fin a la impunidad por los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad Internacional (Crimen de Genocidio, Crímenes de Lesa Humanidad, Crímenes de Guerra, y Crímenes de Agresión), y contribuir así a la prevención de nuevos crímenes.
Para lograr ese objetivo, el Estatuto creó un sistema de justicia internacional, el cual se basa en la interacción de los Estados con una corte penal internacional independiente y permanente, con el apoyo de las organizaciones internacionales y una sociedad civil mundial.
En primer lugar, los Estados que forman parte del estatuto se comprometieron a sancionar los crímenes, ya que “es deber de todo Estado ejercer su jurisdicción penal contra los responsables de crímenes internacionales”, sin embargo, dado el “carácter complementario de las jurisdicciones” con el que la CPI está establecida, esta puede intervenir en caso de que un Estado permanezca inactivo o no esté dispuesto a llevar a cabo la investigación o el enjuiciamiento de crímenes de competencia de la Corte; es decir, no intervendría si la justicia venezolana llevara a cabo investigaciones genuinas sobre los crímenes.
Adicionalmente, el el artículo 4 del estatuto se establece la personalidad jurídica internacional de la corte, según la cual, la misma podrá ejercer sus funciones y atribuciones en el territorio de cualquier Estado Parte y el artículo 12 declara su carácter supra-estatal, al indicar expresamente que los países miembros aceptan someterse a las decisiones de la corte penal internacional.
¿Qué es una investigación preliminar?
El artículo 15 del Estatuto de Roma explica que al tener información acerca de un crimen en competencia de la corte, el fiscal puede iniciar de oficio un examen preliminar, para el cual puede recabar información Estados, los órganos de las Naciones Unidas, las organizaciones intergubernamentales o no gubernamentales u otras “fuentes fidedignas que considere apropiadas”, y además, podrá recibir testimonios escritos u orales en la sede de la Corte, con el fin de analizar la veracidad de la información.
Un examen preliminar no es una investigación en pleno. Es un proceso de examen de la información disponible.
De encontrar fundamento, el fiscal procede a presentar a la Sala de Cuestiones Preliminares (SCP) una petición de autorización para abrir una investigación, y una vez la SCP evalúa la petición y le encuentra una base razonable, autoriza el inicio de la investigación.
No existe un tiempo determinado para el desarrollo de un examen preliminar.
Latin American Post | Camila González C.
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