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Visa de Reunificación Familiar: una ruta fácil para emigrar a Estados Unidos

Dentro de las posibilidades de emigrar a los Estados Unidos, existe una ruta relativamente más sencilla: la visa de reunificación familiar.

Pasaporte de los Estados Unidos

Foto: Pixabay

LatinAmerican Post | Santiago Gómez Hernández

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Read in english: Family Reunification Visa: an Easy Route to Immigrate to the United States

Estados Unidos es uno de los principales destinos de emigrantes latinoamericanos. El país del norte se presenta como una tierra de promesas donde todos puede cumplir sus sueños y tener una calidad de vida mejor que en sus naciones de nacimiento. Ahora, existen varias posibilidades de visa para poder emigrar. Sin embargo, no todas aplican a todas las personas y depende del motivo del viaje, de la permanencia, de los lazos familiares, etc.

Por ejemplo, existen visas de trabajo patrocinadas por un empleador; visas para trabajos religiosos; visas para ciertas nacionalidades de personas que hayan cooperado con Estados Unidos; visas para refugiados; entre otras. Pero una vía de migración legal y relativamente sencilla es la de la reunificación familiar, o de reagrupación familiar. Este tipo de permiso le da la posibilidad a cónyuges, hijos, padres, y otros familiares de poder conseguir una residencia legal dentro del país. Para poder aplicar a este tipo de permisos se deben realizar trámites desde el país de origen, en su mayoría, y los documentos varían dependiendo de casa caso.

¿Quiénes pueden aplicar a una visa de reunificación familiar en Estados Unidos?

No todas las personas pueden optar por una visa de reunificación familiar para emigrar a Estados Unidos. El gobierno norteamericano limita este permiso para cierto vínculo de consanguinidad. Solo los hijos, padres, cónyuges, prometidos y hermanos de los ciudadanos estadounidenses puede aplicar a este permiso. Igualmente, los cónyuges y los hijos solteros de los residentes permanentes en Estados Unidos tiene la posibilidad de aplicar a esta figura.

¿Puede emigrar toda la familia?

A pesar de que la ley permite la posibilidad de emigrar de varios parientes, no todos pueden hacerlo. O por lo menos, no todos al mismo tiempo. Los nacionales y residentes legales en el país del tío Sam (aquellos que tengan la famosa green card) tienen un orden de prioridad al momento de pedir las residencias de sus familiares.

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La prioridad principal son los hijos de los ciudadanos americanos menores de 21 años que no estén casados. En segunda medida, la esposa o esposo de un residente permanente y los hijos solteros de más de 21 años. Luego, los hijos casados de los ciudadanos estadounidenses. Finalmente, en orden de prioridad, están los hermanos de los ciudadanos norteamericanos.

¿Qué tipos de visa puedo pedir para la reunificación familiar?

Los tipos de visas o formularios que se deben llenar varían dependiendo del lugar desde donde se aplica o para cuál caso. El Formulario I-130 es el base para todos, pero la categoría de la visa varía:

La pareja casada de un ciudadano estadounidense aplica a la IR1 y CR1; K3 es una visa para parejas de ciudadanos americanos que aún no han recibido la residencia; K-1 es para prometidos de ciudadanos estadounidenses para luego aplicar a otra visa; IR3, IH3, IR4 y IH4 son para menores adoptados por ciudadanos estadounidenses; IR2, CR2, IR5, F1, F3, F4 para familiares de ciudadanos; F2A y F2B para familiares de residentes legales.

¿Cómo es el proceso?

El proceso es relativamente sencillo. Son 10 pasos y la mayoría se realizan de manera digital. Pero, es importante aclarar que debe ser hecho en conjunto entre la persona que reside en Estados Unidos y el familiar que desea emigrar.

Paso 1: Registrar la petición de la visa. Este paso debe ser ejecutado por la persona con residencia legal (nacional o residente). Debe llenar el formulario I-30. Se puede hacer de forma online o en las oficinas de USCIS. 

Paso 2: Luego de que USCIS aprueba la aplicación, este pasa al centro de visas de Estados Unidos (NVC). Tanto residente como familiar deben crear en caso en el sistema de la institución.

Paso 3: Luego de recibir la carta de aceptación del caso de NVC, tanto residente como familiar deben pagar el trámite y enviar una declaración jurada del apoyo económico.

Paso 4: El residente o nacional debe llenar y entregar el formulario I-864, en el que se hace responsable de los gastos de la persona que está “patrocinando”.

Paso 5: Enviar documentación de sustento. Luego de llenar el formulario I-864, se deben entregar suficientes comprobantes de que el patrocinador puede ayudar económicamente al aplicante.

Paso 6: Ahora el aplicante, luego de pagar sus trámites, puede comportar la aplicación DS-260.

Paso 7: Igualmente, el aplicante también deberá enviar la documentación necesaria y traducida al inglés (en caso de que esté en otro idioma). Entre los documentos que pueden pedir están: certificados de adopción, de nacimiento, de matrimonio, certificado de pasado judicial, etc, dependiendo del caso.

Paso 8: Luego de recopilar los papeles necesarios, ahora ambos tendrán que enviar los documentos escaneados. Es importante preguntar en la NVC si hay algún documento que pidan en físico.

Paso 9: Preparación para la entrevista. Es relevante tener una cita con un médico aprobado por la embajada estadounidense, por si piden un certificado médico. Igualmente, es preciso tener todos los documentos preparados para cuando llegue la cita en el consulado.

Paso 10: Para la entrevista presencial, tendrán que llevar impreso la carta de confirmación de la cita, el pasaporte, fotos tipo pasaporte, la confirmación del DS-260 y los documentos enviados, entre otros.

¿Qué tipo de unión o pareja pueden aplicar?

Según el gobierno estadounidense, solo parejas casadas legalmente pueden aplicar. Personas que solo vivan juntas no son consideradas parejas legalmente casadas. En caso de que el país tome la unión de esta pareja como matrimonio, se deberá traer un certificado. En caso de haber poligamia y que sean diversos esposos y esposas, solo el primer matrimonio será considerado como oficial.

¿Desde qué edad puedo patrocinar a mi pareja?

Legalmente no hay un mínimo de edad para que inicie los trámites. Sin embargo, la ley estadounidense solo considera a los mayores de 18 años como residentes legales.

¿Qué pasa si empecé los trámites como residente y ahora soy ciudadano?

Si un ciudadano residente con “green card” pide a su pareja y luego este obtiene la nacionalidad, fácilmente se puede reclasificar el trámite. Solo se necesita una copia del pasaporte y del certificado de nacionalización.

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